Sat, Oct 3, 2026
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Estas son las nuevas reglas que propone el Gobierno para las protestas

Estas son las nuevas reglas que propone el Gobierno para las protestas
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  • Publicadoseptiembre 30, 2026

El borrador del Gobierno plantea nuevos criterios para determinar cuándo puede intervenir la Policía durante una manifestación y establece reglas sobre bloqueos, infraestructura crítica, corredores de emergencia y seguimiento a los responsables de hechos violentos.

El Gobierno de Abelardo De La Espriella puso en discusión un proyecto de decreto que modificaría algunas de las reglas actualmente utilizadas para atender las manifestaciones públicas en Colombia.

El documento, de 27 páginas, modifica y adiciona disposiciones del Decreto 003 de 2021, que establece el protocolo para la protección del derecho a la protesta pacífica y la actuación de la Fuerza Pública. Por ahora, el texto es un borrador abierto a comentarios y no constituye una nueva norma vigente.

Uno de los cambios centrales está relacionado con la forma en que se determinaría cuándo una manifestación puede requerir una intervención policial.

El proyecto también introduce conceptos como “equilibrio constitucional”, “focalización probatoria” y un papel más definido para el Puesto de Mando Unificado, PMU, durante las jornadas de protesta.

¿Qué quiere cambiar el Gobierno?

El borrador parte de una idea central: el derecho a la protesta debe garantizarse, pero su ejercicio debe coexistir con otros derechos fundamentales.

El artículo 3 plantearía un “equilibrio constitucional”, mediante el cual la garantía de la protesta podría ponderarse con derechos relacionados con:

  • La vida.
  • La salud.
  • La movilidad.
  • El trabajo.
  • La educación.
  • La seguridad.
  • La prestación de servicios públicos esenciales.

El documento señala que ningún derecho fundamental debería ejercerse de manera que elimine completamente el ejercicio simultáneo de otros derechos.

Esto introduce un criterio que podría ser utilizado por las autoridades al momento de evaluar una manifestación y sus posibles afectaciones.

¿Cuándo podría intervenir la Policía?

Uno de los puntos de mayor relevancia del borrador está relacionado con los casos en los que la Policía Nacional podría intervenir durante una movilización.

El proyecto establece que, si desde el comienzo de una concentración se verifican actos violentos, la intervención podría realizarse sin esperar a que se agoten las etapas ordinarias de diálogo.

El documento menciona específicamente escenarios en los que existan:

Armas de fuego, armas cortopunzantes, explosivos, artefactos incendiarios u otros elementos utilizados para generar violencia.

En esas circunstancias, el borrador plantea que la obligación de diálogo no impediría la actuación policial.

La Policía tendría como objetivos prevenir, contener y hacer cesar las conductas violentas, proteger la vida y la integridad de las personas, preservar bienes y restablecer las condiciones de seguridad y convivencia.

La Policía tendría un dispositivo a cuatro metros

Otro de los cambios incluidos en el documento está relacionado con el acompañamiento policial.

El borrador establece que la Policía dispondría de un dispositivo de acompañamiento a una distancia mínima de cuatro metros de la manifestación.

La finalidad planteada sería garantizar el ejercicio pacífico del derecho a la protesta y, al mismo tiempo, proteger tanto a los manifestantes como a las personas que no participan en la movilización.

La medida busca establecer una distancia operativa entre los uniformados y quienes participan en las concentraciones.

El alcance concreto de esta disposición dependerá, en caso de aprobarse, de la aplicación del decreto y de las circunstancias de cada manifestación.

El PMU tendría un papel central

Uno de los elementos más importantes del nuevo esquema sería el Puesto de Mando Unificado.

Este mecanismo tendría la función de analizar lo que ocurre durante la manifestación y adoptar decisiones frente a diferentes escenarios.

Entre sus posibles funciones estarían:

  • Evaluar si el diálogo debe continuar.
  • Determinar si existen condiciones para una intervención de la Fuerza Pública.
  • Analizar bloqueos de vías.
  • Evaluar el tiempo de duración de una obstrucción.
  • Revisar el nivel de afectación producido.
  • Considerar la importancia estratégica de una vía.

Esto significa que las decisiones frente a una protesta no dependerían exclusivamente de una valoración individual de los uniformados en el terreno.

El PMU tendría un papel dentro de la evaluación general de la situación.

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¿Los bloqueos serían considerados automáticamente una protesta violenta?

No.

El propio borrador establece una diferencia importante: la sola obstrucción de una vía no convertiría automáticamente una manifestación en violenta ni implicaría por sí misma su disolución.

Sin embargo, un bloqueo podría llegar a ser considerado una situación grave e inminente, dependiendo de sus características.

Para determinarlo, el PMU tendría que valorar factores como:

  • Cuánto tiempo lleva el bloqueo.
  • Qué nivel de afectación está produciendo.
  • Qué importancia tiene la vía.
  • Qué consecuencias genera sobre la movilidad.
  • Qué otros derechos podrían estar siendo afectados.

Por eso, el proyecto plantea un análisis de las circunstancias concretas antes de determinar una eventual intervención.

Nuevas herramientas para identificar a responsables

Otro de los conceptos incorporados al borrador es la “focalización probatoria”.

La idea consiste en que la actuación policial no se dirija de manera general contra todos los participantes de una manifestación, sino que permita identificar individualmente a quienes sean responsables de conductas punibles.

Además de identificar a los presuntos responsables, la Policía buscaría asegurar elementos materiales probatorios que posteriormente puedan ser utilizados en eventuales procesos judiciales.

El concepto busca establecer una diferencia entre quienes participan pacíficamente y quienes presuntamente incurren en conductas delictivas durante una movilización.

¿Qué pasaría con hospitales y aeropuertos?

El borrador también contempla una protección especial para determinadas infraestructuras críticas y servicios esenciales.

Entre los lugares mencionados están:

  • Hospitales.
  • Aeropuertos.
  • Redes eléctricas.
  • Instalaciones de la Fuerza Pública.
  • Otras infraestructuras consideradas estratégicas.

La propuesta busca evitar que las manifestaciones interfieran de manera grave con estos servicios.

También plantea la existencia de corredores solidarios destinados a permitir el paso de ambulancias, bomberos y organismos de socorro.

Esto tendría especial importancia en situaciones donde una concentración pueda dificultar la atención de emergencias.

¿Qué son las alertas tempranas de conflictividad?

El proyecto también propone que el Ministerio del Interior administre un sistema de alertas tempranas de conflictividad social.

La herramienta tendría como propósito identificar escenarios que puedan derivar en conflictos o movilizaciones con anticipación.

Una vez activada una alerta, el Ministerio podría convocar una mesa de diálogo dentro de los cinco días siguientes.Los compromisos que se adopten durante estas reuniones serían registrados en un sistema de seguimiento con acceso público.

El mecanismo busca trasladar parte de la gestión de las protestas hacia una etapa preventiva.

¿Qué ocurre si una protesta ocupa durante mucho tiempo una instalación?

El borrador también contempla situaciones relacionadas con la ocupación prolongada de accesos a instalaciones industriales o de servicios.

En estos casos, el PMU tendría que analizar diferentes factores antes de tomar una decisión.

El objetivo sería establecer si la permanencia genera una afectación que pueda justificar una intervención de las autoridades.

Nuevamente, la propuesta busca que la decisión tenga en cuenta el contexto y no solamente la existencia de una concentración o bloqueo.

¿El Gobierno está eliminando el derecho a protestar?

El proyecto no elimina el derecho constitucional a la manifestación pública.

La propuesta parte de mantener la protección de la protesta pacífica, pero establece nuevos criterios para evaluar situaciones en las que este derecho pueda entrar en conflicto con otros derechos o cuando durante una movilización se presenten conductas violentas.

El propio Gobierno ha señalado que la protesta pacífica debe continuar siendo garantizada.

El debate está, por tanto, en cuáles deben ser los límites de la intervención estatal cuando durante una protesta aparecen hechos que afectan la vida, la integridad, la movilidad, los bienes o servicios esenciales.

¿Ya comenzaron a regir estas nuevas reglas?

No.

Este punto es fundamental.

El documento publicado por el Gobierno es un borrador de decreto que está abierto a comentarios. La información publicada el 30 de septiembre señala que el periodo para presentar observaciones estará abierto hasta el 4 de octubre de 2026.

Por lo tanto, las disposiciones descritas todavía pueden ser modificadas.

El texto definitivo tendría que conocerse antes de establecer cuáles serán finalmente las reglas aplicables a las manifestaciones.

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¿Qué cambia frente al protocolo actual?

El borrador busca modificar algunas disposiciones del Decreto 003 de 2021, que actualmente regula el protocolo de actuación de las autoridades frente a la protesta pacífica.

Uno de los cambios más importantes está en la relación entre diálogo e intervención policial.

La propuesta contempla que, cuando desde el comienzo existan determinadas situaciones de violencia, armas o explosivos, la Policía pueda actuar sin que el diálogo sea un requisito que retrase la intervención.

Al mismo tiempo, el proyecto conserva mecanismos de diálogo, incorpora alertas tempranas y otorga al PMU un papel relevante en la evaluación de las circunstancias.

Los puntos que deberán seguirse

El debate sobre el proyecto tendrá varios aspectos centrales durante los próximos días.

El primero será conocer qué observaciones recibe el Gobierno durante el periodo de comentarios.

El segundo será determinar si el texto cambia antes de convertirse eventualmente en decreto.

Y el tercero será establecer cómo se aplicarían en la práctica conceptos como “grave e inminente”, “equilibrio constitucional” y “focalización probatoria”.

Estos conceptos tendrán especial importancia porque pueden definir cuándo una protesta continúa desarrollándose bajo acompañamiento institucional y cuándo las autoridades consideran necesario intervenir.

Un nuevo marco para manejar las manifestaciones

El proyecto presentado por el Gobierno de Abelardo De La Espriella plantea modificar la manera en que las autoridades responderían a determinadas situaciones durante las protestas.

La propuesta combina varios elementos: mayor capacidad de intervención policial frente a hechos violentos, acompañamiento de la Policía a cuatro metros, participación del PMU, análisis de bloqueos, protección de infraestructura crítica, corredores para organismos de emergencia y mecanismos para individualizar a quienes presuntamente cometan delitos.

Al mismo tiempo, el borrador sostiene la protección de la protesta pacífica y plantea mecanismos de diálogo y prevención de conflictos.

Pero ninguna de estas modificaciones debe entenderse todavía como una nueva regla vigente.

El documento continúa en etapa de comentarios hasta el 4 de octubre, y el texto final podría incorporar cambios antes de su eventual expedición.

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Linda Lopez

Es una periodista y comunicadora social de Medellín, enfocada en el periodismo urbano, las historias con impacto comunitario y la agenda cultural de la ciudad. Cuenta con experiencia en reportería de actualidad, investigación y narrativas digitales.

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