Fenalco vuelve a pedir la nulidad del salario mínimo de 2026: estas son sus razones
El gremio de comerciantes presentó sus alegatos finales ante el Consejo de Estado y cuestionó la forma en que el Gobierno justificó el aumento del 23 %. El salario vigente no cambia mientras el alto tribunal toma una decisión definitiva.
La discusión jurídica por el salario mínimo de 2026 continúa en Colombia. Fenalco volvió a solicitar al Consejo de Estado que declare la nulidad del Decreto 1469 de 2025, mediante el cual se estableció el incremento del salario mínimo para este año.
El pronunciamiento del gremio se produjo durante la presentación de sus alegatos de conclusión dentro del proceso judicial. Fenalco insiste en que el Gobierno no habría aplicado de manera adecuada los criterios que establece la legislación colombiana para determinar el aumento de la remuneración mínima.
Sin embargo, la controversia tiene un punto que resulta especialmente importante para los trabajadores: una eventual nulidad del decreto no significa que deban devolver los salarios que ya recibieron durante 2026.
El propio Consejo de Estado ya había señalado, durante una etapa anterior del proceso, que las obligaciones y derechos calculados, causados o pagados mientras el decreto produjo efectos corresponden a situaciones jurídicas consolidadas.
El cuestionamiento de Fenalco
La Federación Nacional de Comerciantes Empresarios sostiene que el aumento del 23 % no fue sustentado de acuerdo con todos los parámetros establecidos por la legislación.
En particular, el gremio cuestiona que el Gobierno haya utilizado como uno de los principales elementos para justificar el incremento una estimación relacionada con el denominado “salario vital”.
Según Fenalco, esa estimación alcanzó aproximadamente el 22,7 %, una cifra muy cercana al incremento finalmente decretado para 2026.
La organización considera que ese concepto no tiene carácter normativo vinculante y, por lo tanto, no podía sustituir los criterios que deben ser considerados al momento de establecer el salario mínimo.
Entre los factores que, según Fenalco, debían ser valorados están la inflación, la productividad, el crecimiento económico, la participación de los salarios en el ingreso nacional y la capacidad económica de las empresas.
¿Qué está revisando el Consejo de Estado?
El proceso que adelanta el Consejo de Estado busca establecer si el Decreto 1469 de 2025 se ajustó al ordenamiento jurídico.
La discusión no consiste únicamente en determinar si el aumento del 23 % fue alto o bajo. El punto central es establecer si la metodología utilizada y la motivación presentada por el Gobierno cumplieron las exigencias legales y constitucionales.
Esto resulta relevante porque el salario mínimo en Colombia no se establece únicamente mediante una decisión discrecional. La legislación contempla una serie de variables económicas y sociales que deben ser tenidas en cuenta dentro del proceso de fijación.
Precisamente, uno de los cuestionamientos de Fenalco es que el decreto, en su concepto, no habría explicado suficientemente cómo fueron valorados esos factores para llegar al porcentaje definitivo.
El salario mínimo de 2026 sigue vigente
Mientras el proceso judicial continúa, el salario mínimo establecido para 2026 permanece vigente.
El Consejo de Estado había suspendido provisionalmente el Decreto 1469 de 2025 en febrero. En aquella decisión, la corporación ordenó al Gobierno expedir un nuevo decreto transitorio y señaló que la suspensión provisional no constituía una decisión definitiva sobre la legalidad del acto.
Posteriormente, en julio de 2026, la Sección Segunda del Consejo de Estado revocó esa suspensión y dejó nuevamente vigente el decreto mientras se desarrolla el juicio de fondo.
Esto significa que el valor que actualmente reciben los trabajadores no ha sido modificado por el proceso judicial.
La decisión definitiva todavía está pendiente.
¿Qué pasa con los salarios que ya fueron pagados?
Uno de los principales mensajes de Fenalco es que su solicitud de nulidad no busca afectar los pagos que ya recibieron los trabajadores.
El presidente del gremio, Jaime Alberto Cabal, explicó que la organización solicita el restablecimiento de la legalidad, pero con protección de los trabajadores y de los derechos adquiridos.
Fenalco también recordó un antecedente de 2017, cuando el Consejo de Estado anuló un decreto relacionado con el salario mínimo por problemas en su motivación, pero protegió los salarios que ya habían sido devengados.
Ese antecedente es utilizado por el gremio para sostener que una eventual decisión de nulidad puede tener efectos jurídicos sin obligar a los trabajadores a reintegrar los recursos que ya recibieron.
Además, en febrero de 2026, cuando ordenó la suspensión provisional del Decreto 1469, el Consejo de Estado precisó que los derechos y obligaciones calculados, causados o pagados bajo el salario vigente durante el periodo correspondiente no generaban obligación de reintegro ni efectos retroactivos.
El debate también mira hacia 2027
La decisión que adopte el Consejo de Estado podría tener una importancia que vaya más allá del salario mínimo de 2026.
Fenalco sostiene que el fallo permitiría precisar cuáles son las reglas que deben seguirse en las próximas discusiones sobre el salario mínimo, especialmente de cara a la fijación correspondiente a 2027.
El gremio busca que quede claro qué criterios deben utilizarse y cómo deben ser explicados dentro del decreto presidencial.
De esta manera, la controversia no se limita al porcentaje establecido para este año, sino que también involucra la metodología que utilizará el Estado en futuras decisiones.
Un proceso que todavía no tiene decisión definitiva
La posición de Fenalco representa una de las partes dentro del proceso judicial. El Consejo de Estado aún debe pronunciarse de fondo sobre la legalidad del Decreto 1469 de 2025.
Por ahora, el antecedente más reciente es la decisión de julio, cuando la corporación revocó la suspensión provisional y permitió que el decreto continuara vigente mientras se adopta una sentencia definitiva.
La propia corporación aclaró que esa decisión no modificó el salario mínimo que reciben actualmente los trabajadores y que el análisis definitivo sobre la legalidad del decreto debe hacerse dentro de la sentencia de fondo.
Así, el escenario actual tiene dos certezas: el aumento del 23 % continúa vigente y los salarios ya pagados bajo ese decreto no están sujetos, por ahora, a una devolución.
La discusión pendiente es jurídica: determinar si el Gobierno cumplió con las reglas establecidas para justificar y calcular el aumento.
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¿Qué podría definir el fallo?
La sentencia que emita el Consejo de Estado será la que determine el futuro jurídico del Decreto 1469 de 2025.
El tribunal deberá analizar los argumentos presentados por Fenalco y las demás partes del proceso para establecer si el decreto cumplió con las exigencias legales.
Si el acto administrativo permanece vigente, continuará respaldando el incremento establecido para 2026. Si es declarado nulo, la corporación tendrá que precisar los efectos de esa decisión, teniendo en cuenta las situaciones jurídicas consolidadas durante el tiempo en que el decreto produjo efectos.
En cualquier caso, el proceso ya dejó una discusión de fondo sobre cómo debe justificarse el salario mínimo en Colombia.
Para Fenalco, el punto está en garantizar que los criterios establecidos por la ley sean aplicados de manera verificable. Para los trabajadores, el aspecto más relevante es que, independientemente del resultado del proceso, los salarios que ya fueron pagados durante la vigencia del decreto no implican una obligación automática de devolución.
El Consejo de Estado tendrá la última palabra sobre la legalidad del decreto y sobre los efectos concretos de su decisión.